¿Se pueden reclamar deudas antiguas?
Este posiblemente sea uno de los mayores hándicaps que llevan a los acreedores a no reclamar deudas antiguas ya que cuando superan el umbral de cierta antigüedad, a menudo la deuda se da por “perdida” y no se hacen las gestiones oportunas para su recuperación.
A pesar de que la ley nos permite reclamar deudas de hasta 15 años de antigüedad, cuando un impago pasa los 10 años de vida sin que éste haya sido reclamado, las posibilidades de cobro de la deuda disminuyen notablemente.
¿A que se debe que haya menos posibilidades de cobro de la deuda?
Es algo tan sencillo cómo que cuando el impago ya pasa a ser de tipo “antiguo”, es más difícil llevar a cabo su recobro ya que es posible que a la empresa a la que reclamemos ya no exista o bien, la persona física que nos debe atraviese un estado de insolvencia o bien de no localización.
Por esta razón es recomendable siempre no esperar años a reclamar deudas ya que la premura y la celeridad en el cobro de deudas es vital para que se pueda llegar al cobro del impago de una forma eficiente y recuperar nuestro dinero.
Entonces, ¿puedo reclamar deudas antiguas?
Sí, y que tengan un máximo recomendable de 10 años ya que pasado este punto, será bastante improbable y difícil que pueda llegar a cobrarse la deuda al moroso. Lo ideal siempre es reclamar el cobro pendiente tan pronto se haya producido este.
¿Existe algún plazo establecido para poder reclamar la deuda?.
El plazo que debemos de esperar para poder llevar a cabo el recobro de nuestro impagado va asociado directamente al vencimiento de la factura o o el saldo que esté a nuestro favor. Si una vez que dicho vencimiento ha pasado y no nos ha sido efectuado el pago de la deuda, será cuando estaremos en plano derecho de poder solicitar el recobro de la deuda.
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