Fuentes dónde podemos tener conocimiento sobre la solvencia de un cliente
A la hora de establecer el riesgo comercial que debe conceder a un cliente cómo para otro tipo de gestiones que puedan servir para una posible demanda futura, tenemos que contar previamente con cierta información de la empresa o profesional a la que vamos a vender mercancías o prestar servicios. De este modo podremos llevar a cabo una mejor recuperación de posibles impagados en caso de fallido.
Índice del artículo
1) La que nos puede facilitar el propio cliente
2) Información recabada en registros de acceso público.
La que nos puede facilitar el propio cliente
Cuando nos disponemos a establecer una relación comercial que lleve asociado la concesión de crédito comercial, la información que podemos requerir en primera instancia es aquella que ella misma pueda facilitarnos a través de la entrega de sus últimas liquidaciones de impuestos y tributos o bien solicitando un certificado de estado al corriente de pago con la agencia tributaria.
No será de desagrado para el cliente el solicitarle dicha documentación ya que tener el conocimiento de su solvencia ha de exigir un conocimiento previo sobre sus pérdidas y ganancias pudiendo ser peor investigar a la empresa sin que esta tenga conocimiento de que estamos analizando su situación para conceder o no un riesgo comercial para evitar posibles situaciones de impago y morosidad.
Dependido de si quien nos solicita el riesgo comercial es persona física o jurídica deberemos de solicitar una documentación u otra. En cualquier caso, siempre tendremos que solicitar para las empresas, justificante de pago del último trimestre de IVA y tarjeta CIF para atestiguar que la empresa es quien dice ser. En el caso de los autónomos, necesitaremos pago de IVA, tres últimas nóminas (en su caso) así cómo recibo de autónomos y alta en su IAE.
Si la documentación que nos hacen llegar es falsa, tendremos las herramientas necesarias para poder proceder por vía penal para recuperar la deuda que nos pudieran dejar pendiente de pago.
Información recabada en registros de acceso público.
En estos Registros puede obtenerse la información de forma de directa y sin contar con la intermediación de agencias de informes mercantiles u otro tipo de empresas de rating y scoring.
Esta información que es totalmente pública puede sernos de una enorme utilidad a la hora de valorar la concesión de riesgo y crédito comercial siempre con intención de evitar el impago de facturas y morosidad innecesaria.
Contar con estos datos de nuestro cliente además de servirnos para evitar impagos, si resulta que el cliente ya ha pasado a deudor, podemos hacer uso de estos datos cómo por ejemplo los del administrador de la sociedad a la que reclamamos, para iniciar trámites judiciales para reclamar las facturas impagadas que se nos adeuden.
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