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  • ¿Cómo hacer la reclamación de morosos?

    ¿Cómo hacer la reclamación de morosos?

    Se ha hecho algo frecuente que las empresas y autónomos deben hacer frente a deudas e impagos, por lo que la reclamación de morosos es un proceso necesario para recuperar el dinero y evitar problemas por falta de liquidez, que se puede llevar a cabo por vía judicial o extrajudicial.

     

     

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    Reclamación de morosos por vía extrajudicial

    Cuando se presentan impagos, lo más recomendable es que las empresas intenten realizar el cobro por vía extrajudicial, se trata de llegar a un acuerdo amistoso para lograr liquidar la deuda lo antes posible. Para seguir esta vía es necesario:

    Documentar la deuda: el primer paso para la reclamación de morosos es documentar la deuda, es decir, contar con las facturas, pagarés, albaranes u otros documentos que comprueben la existencia de la deuda y que esta es líquida y vencida.

    Contactar al deudor: es importante comunicarse con el deudor para conocer las causas por las que ha pagado la deuda y conocer la situación en que se encuentra.

    Intentar lograr un acuerdo de pago: este paso es crucial, se trata de buscar alcanzar un acuerdo de pago que sea favorable para ambas partes y permita cancelar la deuda.

    Es importante documentar y dejar constancia de todos los pasos realizados para intentar el cobro de la deuda por vía amistosa, ya que en caso de no alcanzar un acuerdo de pago, será necesario realizar la reclamación de morosos por vía judicial y todos estos documentos sirven para documentar el caso.

    Reclamación de morosos por vía judicial

    En el caso de que sea necesario acudir a la vía judicial para hacer la reclamación de morosos, en función de la documentación de la deuda y su cantidad, se puede acceder a un tipo de procedimiento:

    Procedimiento Monitorio 

    Para acudir a este procedimiento legal es necesario contar con los documentos como factura, recibo, pagaré, cheque, letra de cambio o albarán que acrediten la existencia de la deuda, la cual no debe ser superior a 250.000 euros. 

    Una de las ventajas que ofrece el procedimiento monitorio es que no se necesita contar con abogado y procurador para hacer la petición inicial. No obstante, se recomienda contar con el apoyo de empresas especializadas en la reclamación de morosos, para realizar este tipo de gestiones. 

    Procedimiento Declarativo, verbal u ordinario

    Otra opción para hacer la reclamación de morosos por vía judicial es el procedimiento declarativo, que puede interponerse sin necesidad de realizar la petición inicial de procedimiento monitorio. Existen dos vías para acceder a este procedimiento:

    Procedimiento Verbal: cuando la deuda no sea superior a 6.000 euros, se puede acceder al procedimiento declarativo verbal. 

    Procedimiento Ordinario: cuando la reclamación a morosos se realiza por una cantidad superior a los 6.000 euros, es posible acudir a este mecanismo legal.

    Procedimiento Cambiario

    Es un procedimiento especial al que se puede acudir cuando la deuda está documentada por una letra de cambio, cheque o pagaré, es decir, por un título de valor previsto en la Ley Cambiaria y del Cheque. 

    Para hacer la reclamación de morosos por esta vía, el título de valor debe cumplir con los requisitos de vencimiento e identificación de las partes exigidos por la ley.

     

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