¿Qué ayudas públicas para empresas, pymes y autónomos existen actualmente en España?
En España se asumieron medidas extraordinarias como respuesta a la pandemia Covid-19, mediante el Real Decreto Ley 5/2021 del 13 de marzo 2021, con el objetivo de apoyar la solvencia empresarial.
RECLAMAR DEUDA O FACTURA IMPAGADA
Tarifas para cobrar una sóla deuda - Tarifa plana para cobrar varias deudas
La ayuda pública se concreta con la apertura de una línea de subvenciones que alcanza 11.000 millones de euros dirigida al apoyo económico tanto de empresas como de trabajadores autónomos.
Las medidas articuladas a través del nuevo Real decreto-Ley, conforman las ayudas públicas que movilizan la inversión del estado aprobada por 11.000 millones de euros, que se invertirán por medio de cuatro líneas de acción.
Ayuda pública
Se trata de tres fondos adicionales que tienen la función de financiar ayudas públicas directas para empresarios y profesionales, la restructuración de balances y la recapitalización de las empresas; así como también, la prórroga de moratorias fiscales y concursales.
Ayudas públicas directas
La línea Covid – 19 se trata de la entrega de ayudas directas dirigidas a empresas y profesionales autónomos, la cual cuenta con un total de 7.000 millones de euros, que tiene el objeto social de reducir el nivel de endeudamiento suscrito entre las fechas que van desde el 1 de marzo del año 2020 al 31 de mayo del 2021.
En ese orden, incluyen en las ayudas públicas a los autónomos y representantes de empresas en España que han presentado dificultades relacionadas con una caída de actividad de más de un 30% durante 2020 con respecto al año anterior y que se dediquen a actividades económicas incluidas en la CNAE 09 del Real Decreto.
Beneficiarios
Las ayudas públicas directas están dirigidas a empresas no financieras y a los autónomos afectados por la pandemia, que tengan domicilio fiscal en el territorio español. También, a no residentes o empresas no financieras que operen con establecimiento permanente en España.
Los sectores a beneficiar están identificados como hoteles y alojamientos, restaurantes, puestos de comida, transporte incluyendo taxis, operadores turísticos, mantenimiento físico y actividades culturales como artes escénicas, museos, salas de espectáculos; entre otras
Para qué pueden tramitar las ayudas
Pueden tramitar ayudas públicas para pagos a proveedores y acreedores financieros y no financieros. Para satisfacer obligaciones o deudas y costes fijos incurridos como obligaciones generadas, entre el 1 de marzo del año 2020 hasta el 31 de mayo de 2021 de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021, vigencia del Real Decreto.
RECLAMAR DEUDA O FACTURA IMPAGADA
Tarifas para cobrar una sóla deuda - Tarifa plana para cobrar varias deudas
Es un fondo para pagar gastos fijos como salarios, arrendamientos, deudas con proveedores o suministros eléctricos, como coste de cambio de potencia de las empresas y autónomos considerados como elegibles o destinatarios de la ayuda pública para el apoyo a la solvencia empresarial y emprendedora.
La norma del Real Decreto – Ley, considera al destinatario de la ayuda a las empresas y profesionales que según hayan declarado ante y comprobado ante la administración tributaria con IVA o tributo indirecto y pérdidas de más de un 30% en 2020 con respecto al año 2019.
Los profesionales y empresarios que apliquen en el impuesto sobre la renta de personas físicas y sociedades de régimen de tributación como contribuyentes únicos y para determinar su caída con la suma de los volúmenes de las operaciones del grupo. Con excepción a declaraciones del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas por actividades con resultado neto negativo del 2019.
En ese sentido, la ayuda de 3.000 euros está prevista para beneficiarios que apliquen del régimen del Impuesto sobre la Renta de personas físicas, incluyendo empresarios y profesionales con declaraciones tributarias mencionadas.
Las personas físicas, entidades y establecimientos con un máximo de diez empleados, prevén un 40% del importe de la caída. Las entidades, profesionales, empresarios y establecimientos con más de 10 empleados, un 20% del importe de la caída del volumen de operaciones durante el 2020, con respecto al 2019. Ayudas que no pueden ser menores a 4000 ni superiores a 200.000 euros.
Requisitos para pedir ayudas
No tener sentencia firme de pérdida del derecho a recibir ayudas públicas, ni delitos de cohecho, prevaricación, malversación de caudales públicos, ni delitos como fraudes, tráfico de influencia, ni delitos como exacciones ilegales o urbanísticas.
Igual, no tener causa acusatoria por contrato con la Administración y estar solventes y habilitados con el pago de obligaciones de subvenciones, ayudas públicas, responsabilidades tributarias y de Seguridad Social. Tener residencia fiscal en España o en su defecto no tenerla en ningún territorio considerado como paraíso fiscal.
NO TE VAYAS, QUIZÁS TE INTERESE: