¿Qué es un acta de conciliación en el cobro de una deuda?
La conciliación es un proceso alternativo para la solución de conflictos, que se realiza con autonomía de la voluntad de las partes. Es un mecanismo para acordar el pago sin ir a juicio, a través de la firma de un acta de conciliación, en pro de la paz, buena fe, celeridad, legalidad, neutralidad, imparcialidad, confidencialidad y economía.
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Materias conciliables
Temas como alimentos, tenencia, régimen de visitas, liquidación de sociedades gananciales y otros temas de la relación familiar y pago de deudas. De la misma forma, hay acta de conciliación para la materia laboral.
Un acto de conciliaciónes un pacto directo entre el deudor y acreedor, es estricto y tradición legal sus fines y requerimientos. Como negociación usa la figura del acta de conciliación para cobrar impagos y evitar juicio monitorio y fases judiciales.
Qué es el acta de conciliación
Es un documento donde se indica la manifestación de voluntad entre las partes, con validez condicionada a la observancia de las formalidades establecidas en la ley y bajo sanción de nulidad, ya que se busca conciliación extrajudicial.
El acta de conciliación contiene lugar y fecha de su suscripción, nombres, identificación y domicilio de las partes y datos del conciliador. Además, debe describir las controversias y el acuerdo conciliatorio, bien sea total o parcial. Se establecen los derechos, deberes y obligaciones de forma precisa, cierta, expresa y exigible, en caso de falta de acuerdo o inasistencia a la audiencia.
Las partes que aceptan el acta de conciliación deben firmar y colocar su huella digital en el acta, también pueden hacerlo sus representantes legales, siempre que estén presentes en la audiencia; así como el conciliador. Quienes no saben firmar deben estampar su huella digital. El acta debe ir firmada por el abogado del Centro de Conciliación, quien verifica la legalidad de dicho acuerdo.
Solicitud de conciliación
Se necesita de una solicitud por su carácter voluntario, el acreedor presenta un escrito ante el Juzgado de Primera Instancia o de Paz, cuando el deudor es persona física. Si el acreedor es persona jurídica, debe el escrito al Juzgado de Primera Instancia.
Datos de la solicitud de conciliación
El acreedor debe aportar datos sobre las circunstancias e identificación del acreedor y del deudor y expresar de manera precisa y clara el cobro y reconocimiento de la deuda con su cuantía y forma de pago.
La ley prevé que el acreedor solicite a la brevedad posible, ya que el tiempo para audiencia de conciliación es de treinta días calendario, a partir de la primera citación, y es un plazo que puede ser prorrogado por las partes.
En la audiencia el demandante argumenta su demanda con documentos y el demandado responde, con turnos de réplica. Si no hay avenencia, el Juez de Paz o Letrado de Administración de Justicia propicia el acto de conciliación. De no producirse la avenencia, el Letrado dicta un decreto o el Juez de Paz un auto, aprueban la conciliación y archivan el caso. El acreedor puede instar ejecución forzosa en caso de incumplimiento del pago.
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