Una de las tendencias que observamos en la solicitud de nuestros servicios de recobro de deudas es que existe una mayor demanda de cobro de morosos a inquilinos con rentas impagadas durante este segundo trimestre en el que nos encontramos.
Tan pronto se detectan los primeros indicios de impago, han de tomarse las medidas pertinentes para que se pueda cobrar la deuda pendiente de pago antes de que el deudor pueda abandonar la vivienda y se pueda dilatar el proceso de cobro del impago de renta.
De modo que si hay una recomendación clara, es que se reclame la deuda impagada al primer mes que exista un retraso notable en el pago del arrendamiento.
Generalmente cuando existe buena fe y una clara voluntad de pago, se suele resolver el conflicto de manera amistosa sin necesidad de que deba de acudirse a los juzgados.
Es probable que el impago de una renta de alquiler sea un indicador claro de una futura deuda de mayor volumen que hay que evitar y erradicar antes de que se acumulen varias mensualidades impagadas.
¿Es contraproducente para mi arrendamiento el reclamar la deuda al primer impago?.
Realmente el solicitar el recobro de una deuda tan pronto esta se produzca lo que logrará probablemente sea regularizarse el cobro lo antes posible y dejar claro a nuestro inquilino nuestra tolerancia cero a los impagos lo que en ningún caso afectará negativamente a nuestros arrendamientos.