Durante los últimos años si ha existido un sector con un crecimiento más que destacado es el de las entidades de financiación a consumidores bajo lo que se han denominado los “micro préstamos”.
Estos préstamos generalmente no suelen superar los 600 euros de cuantía y exigen que su devolución se haga efectiva por lo general durante los primeros 30 días desde la concesión del préstamo al usuario.
Algunas entidades de reconocido nombre en nuestro país han recurrido a Cobratis para recuperar deudas devengadas en fallidos de operaciones de concesión de créditos de este tipo.
La problemática principal encontrada en este tipo de reclamaciones de impago es la no atención del pago del préstamo al vencimiento pactado entre las partes.
En la primera etapa de la reclamación amistosa efectuada por el acreedor tampoco se suele atender al pago de la deuda.
¿Responde esto a un impago intencionado y premeditado por el peticionario del micro crédito?.
Todo parece indicar que es así ya que la facilidad de concesión de este tipo de micro líneas de crédito ha hecho proliferar a un perfil de deudores que no atienden al pago acordado con el acreedor una vez ha de ser este liquidado.
En la gran mayoría de las ocasiones, el cobro de la deuda suele efectuarse en la gestión extrajudicial de la deuda ya que por los importes reclamados, es raro que un deudor quiera verse inmerso en un procedimiento judicial, con los gastos y molestias adicionales que ello conlleva.
Posiblemente, las entidades de concesión de préstamos no esperaban en sus planes de negocio unos índices de impago y morosidad tales como los que se están dando en este sector en concreto.
Ello debe de ir de la mano de establecer nuevas políticas de concesión de préstamos más restrictivas y basadas en filtros más estrictos puesto que a día de hoy, este sector de la micro financiación atraviesa índices de impago demasiado elevados cómo para dejarlos pasar por alto.