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  • El contrato de reconocimiento de deuda cómo pieza fundamental en proceso monitorio

    El contrato de reconocimiento de deuda cómo pieza fundamental en proceso monitorio

    Cuando se produce un impago entre particulares, por lo general no se conoce cuál es la documentación necesaria para el supuesto de tener que proceder a la reclamación del saldo por una vía judicial.

    RECLAMAR DEUDA O FACTURA IMPAGADA

    Tarifas para cobrar una sóla deuda - Tarifa plana para cobrar varias deudas

    En las situaciones en las que se genera un derecho acreedor, es más que recomendable contar con un contrato de reconocimiento de deuda que refleje las condiciones y plazos de pago del saldo que se nos adeuda.

    Cómo parte acreedora, exigir a nuestro deudor la firma de este contrato cómo condición necesaria para que se desarrolle la operación, puede ser una forma de conocer las intenciones reales de pago que tiene la otra parte. Si de entrada se nos plantea una negativa a la firma de este contrato, posiblemente estemos ante un potencial futuro deudor.

    reconocimiento deuda

    Son muchos los clientes que recurren a Cobratis con situaciones de impago de este tipo y pese a que puede reclamarse la deuda sin ningún problema, el juez que es quien determina la veracidad de nuestra demanda, contempla el contrato de reconocimiento de deuda como el puente hacia la admisión a trámite de la reclamación.

    ¿Es posible firmar un contrato de reconocimiento de deuda una vez se inicia la reclamación?.

    Si no hemos logrado el contrato por vía amistosas, posiblemente sea aún más difícil de lograr su firma por parte del deudor y más de cara a una vía judicial. No obstante, a efectos de conciliación y cómo última medida en aras de evitar una vía judicial, puede plantarse la firma de este contrato cómo última opción de solución amistosa.

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