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  • ¿Qué es el recobro y cómo funciona? Guía, consejos y pasos a seguir

    ¿Qué es el recobro y cómo funciona? Guía, consejos y pasos a seguir

    El recobro es el cobro de una deuda que ha resultado impagada en el primer intento de cobro a su debido vencimiento. Por ejemplo, si una factura no ha sido abonada por un cliente en la fecha y forma pactada con el proveedor, el nuevo intento de cobro posterior tendría por nombre "recobro" de dicha factura e impago en este caso.

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    que es el recobro

    En la actualidad muchísimas empresas de nuestro país recurren al recobro de deudas para solucionar sus problemas de impago. Aún así, todavía no está del todo popularizado el uso de estos servicios de gestión de recobro de deudas entre los negocios locales y profesionales, cosa que sin embargo si que ocurre en la gran mayoía de países europeos, los que si usan servicios de recobro de forma asídua.

    El recobro es un conjunto de acciones que permiten gestionar de forma eficiente una deuda y recuperar los impagos, este proceso puede ser llevado cabo directamente por el acreedor o través de una empresa especializada o agencia de recobro, que funge como intermediario entre el acreedor y el deudor para gestionar el cobro de la deuda.


    ¿Cómo funciona el recobro en general?

    El recobro de deudas e impagados tiene un funcionamiento bastante sencillo. Para ello debe de existir previamente el impago de la factura por prestaciones de servicios o venta de mercacías o productos.

    Debe de existir el impago previamente.

    Sólo se puede hacer el recobro de una factura o deuda una vez que existe un impago al vencimiento que ha sido pactado entre las partes. Una vez ha sido incumplido dicho plazo de pago independientemente de la forma de pago acordada, será cuando se puede proceder a "re intentar" el cobro de la deuda. 

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    Ventajas de hacer recobro en la empresa

    Las empresas y profesionales de nuestro país ven en el recobro una gran ventaja competitiva respecto a otros negocios de su mismo sector.

    Esto se debe a que en muchas ocasiones el recobro de una deuda supone nuevas vías de financiación ya que supone recuperar créditos y activos que se daban por perdidos dotando de nueva tesorería y liquidez al negocio.

    Por esta razón podemos afirmar que el recobro de deudas es totalmente ventajoso para aquellos acreedores con deudas pendientes de cobrar y necesidad de recuperar aquellos saldos que se dieron por perdidos. 

    Recobro de deuda por vía extrajudicial

    La empresa de recobro analizará la deuda y la situación del deudor, a quien le notificará que tiene una deuda contraída por medio de un burofax, en el que se le insta a pagarla de inmediato, se le informa que en caso de realizar el pago en el plazo estipulado, será incluido en los ficheros de morosidad, lo cual va a afectar su historial financiero.

    De no responder a la comunicación, se procederá solicitar su inclusión en el fichero de morosos. En caso de no responder estas acciones y no abonar lo adeudado, el siguiente paso para el recobro es acudir a la vía judicial. 

    Recobro de deuda por vía judicial

    Si la negociación por vía amistosa o extrajudicial no tuvo el éxito esperado, la única opción para el recobro de la deuda es acudir a la vía judicial, la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) en su Título III establece los mecanismos legales para el cobro de una deuda por la vía judicial:

    Juicio cambiario. 

    Proceso monitorio.

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    que es el recobro

     

    Para iniciar el proceso de recobro, el acreedor (empresa, autónomo o particular) debe reunir toda la información sobre la deuda y el deudor, luego hay que comunicarse directamente con él para conocer cuáles son las causas por la que no ha efectuado el pago de la deuda, conocer el motivo del impago, permite determina el curso de acción a tomar.

     

    Esta comunicación puede hacerse por vía telefónica, correo electrónico, carta o visitando personalmente al deudor, es importante que constancia de todas las comunicaciones que se efectúen con el deudor, ya que pueden servir como pruebas del intento de llegar un acuerdo amistoso, en caso de que tenga que realizar el recobro por vía judicial.

     

    Si el acreedor informa que está dispuesto a pagar, se puede establecer un nuevo plazo o un cronograma de pago que resulte beneficioso para ambas partes, de esta forma se soluciona el problema y se ha cumplido con el objetivo del recobro.

     

    En caso de que el deudor haga caso omiso o se niegue a pagar la deuda, es necesario solicitar informes comerciales para determinar su situación económica, para continuar con el proceso de recobro lo más recomendable es contar con los servicios de una empresa especializada, que se encargará de todos los trámites y comenzará de inmediato el cobro por vía extrajudicial.

     

    Juicio Cambiario

     

    En los artículos 819 a 827 de la LEC se regula el juicio cambiario como mecanismo para el recobro de deudas, este proceso judicial se inicia cuando el acreedor interpone una demanda en el Juzgado de Primera Instancia, la cual va a acompañada con el título cambiario (letras de cambio, cheques o pagarés) que avala la existencia de la deuda.

     

    El juez procede a evaluar que se cumpla con todos los requisitos que establece la Ley Cambiaria y del Cheque, luego de que acepta la demanda, se solicita al deudor que realice el pago de la obligación en un plazo máximo de 10 días, durante este tiempo el demandado puede presentar oposición

     

    En caso de que el deudor no cumpla con el pago de la obligación en el plazo establecido, y no haya presentado oposición, el juez ordenará ejecución mediante embargo de los bienes del deudor

      

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    Soluciones de recobro más comunes

    Las empresas, profesionales autónomos, propietarios y comunidades de vecino que desean optar por contratar soluciones de recobro efectivas cuentan con un gran abanico de posibilidades para solicitar el cobro de sus impagados.

    Entre las soluciones de recobro más comunes que existen en la actualidad podemos destacar las empresas de recobro y los despachos de abogados especializados en cobrar deudas. En muchas ocasiones los primeros disponen de sus propios gabinetes jurídicos expertos en recobro que pueden realizar las tareas de recuperación tanto en vías amistosas cómo en judiciales.

    Empresas de recobro para cobrar deudas

    Las empresas de recobro de deudas en la actualidad tienen una gran popualridad ya que desde que se desencadenase la actual crisis pandémica del Covid19 el auge de los impagos comerciales a supuesto notable incremento en la contratación de servicios de recobro por parte de todo tipo de acreedores.

    De este modo las empresas de recobro cómo Cobratis disponen de medios eficaces para la reclamación de deudas y recuperación de saldos y facturas impagadas tanto a nivel personal cómo profesional por lo que es una de las mejores opciones de recobro para acreedores con deudas pendientes de regularización así cómo con prisa por cobrar las mismas.

    Proceso monitorio para el recobro de deudas

    En los artículos 812 a 818 de la LEC se regula el proceso monitorio como vía para el recobro de deudas, ya que se establece que puede acudir a este mecanismo toda persona (acreedor) que pretenda al pago de otra persona (deudor) de una deuda dineraria determinada, líquida, exigible y vencida, independientemente de su importe, la demanda debe acompañarse con la documentación necesaria para acreditar la existencia de la deuda, se admiten:

    Documentos, independientemente de su clase, forma o soporte físico, que se encuentren firmados o con el sello del deudor o cualquier señal física o digital (electrónica).

    Facturas, albaranes de entrega, telefax, telegramas, certificación y otro tipo de documento utilizados para documentar una deuda, incluso, si han sido creados de forma unilateral por el acreedor.

    Cualquier otro documento que confirme la existencia de una relación comercial entre el acreedor y el deudor y establezca el origen de la deuda y la causa por la que se hace la reclamación.

    Cuando la deuda sobre la cual se intenta el recobro es inferior a 2.000 euros, no es obligatorio que el demandante esté asistido por abogado y procurador. No obstante, lo más recomendable es contar con el apoyo y asesoría de un abogado.

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    reclamar deuda

    Una vez aceptada la petición hecha por el acreedor, el juzgado se encarga de ubicar al deudor para informarle sobre la demanda y entregarle una copia de todos los documentos, quien dispone de 20 días para pagar o presentar oposición a la demanda de recobro. Si el deudor realiza el pago de la totalidad de la deuda en el plazo otorgado, se archiva el caso. 

    En caso de que el deudor no pague, ni presente oposición, luego de finalizar el plazo de 20 días, se iniciará de inmediato la fase de cobro forzoso de la deuda. El juez entregará al acreedor un poder de embargo y ejecución de bienes, el cual le permitirá una presión mayor para el recobro de la deuda, o iniciar de inmediato el proceso de embargo de los bienes del deudor.

    En caso de que el demandado se oponga, alegando que la deuda no le es imputable o que no existe en forma total o parcial, finalizara el proceso monitorio y para continuar con el recobro de la deuda se abrirá el proceso declarativo que corresponda:

    Si la deuda es inferior a 6.000 euros se realizará un juicio verbal.

    Si la deuda es igual o superior a 6.000 euros se realizará un juicio ordinario.

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    Conclusión: ¿Cómo funciona el recobro y cómo te puede ayudar? 

    En Cobratis llevamos muchos años ayudando a empresas y profesionales a recuperar lo que les deben al precio más competitivo. ¿Quieres comprobarlo?

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