Cuando un cliente que lleva trabajando con nosotros durante varios años y sin previo aviso, nos acarrea un problema de impago de facturas, antes de llevar a cabo acciones de recobro, debemos de asegurarnos los motivos que han generado dicho impago.
En muchísimas de las ocasiones, este tipo de facturas impagadas se deben a una falta de tesorería transitoria en la cuenta bancaria dónde tenemos la orden de emitir nuestros recibos al banco.
De ser así, es una práctica habitual la de solicitar que la regularización en el pago de la factura se haga mediante transferencia bancaria en el plazo máximo de 7 días y así evitarnos posibles problemas con nuestro banco y asumir también intereses adicionales innecesarios por la devolución del recibo en cuenta.
Cobrar este tipo de impagados a menudo suele ser una tarea de lo más complicada llevando a cabo una sencilla llamada telefónica desde nuestro departamento de administración y que posiblemente regularice la situación en pocos días.
Sin embargo, existen ocasiones en las que el proceso de regularización del cobro de una factura impagada no resulta tan sencillo ya que el cliente o bien no quiere atendernos, o bien nos “da largas” en el pago de nuestra factura.
En esta situación peliaguda en la que suele intervenir un factor horrible para los negocios llamado “confianza”, es conveniente el cobro de esta deuda sea intermediada por una empresa de recobro de impagados o un departamento jurídico externo que vele por nuestros intereses cómo acreedores y que sirva cómo de elemento neutral para la gestión de cobro de nuestros activos impagados.
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