Cuando el volumen de nuestros impagos nos obliga a tomar la determinación de acudir a servicios externos de recobro de impagados, debemos saber seleccionar que solución es la que más se adapta a nuestra necesidad cómo acreedor.
En muchas ocasiones ocurre que nuestras relaciones con los clientes son buenas y las deudas que reclamamos responden a meros retrasos en el pago de nuestras facturas, en este punto posiblemente interesen servicios que no vayan más allá del requerimiento extrajudicial de una deuda.
Si por el contrario, la relación con el cliente se encuentra deteriorada y buscamos la recuperación de la deuda sin importarnos la ruptura total de la relación con el cliente, quizás las vías extrajudiciales no sean la solución más adaptada a nuestra situación.
Cobratis pensando en estas dos situaciones, enfoca la recuperación del servicio a tramitar el recobro de la deuda por dos vías independientes y secuenciales, es decir, una tras la otra.
Fase extrajudicial: Es la primera fase de la recuperación de la deuda en la que se intenta cobrar el impago presionando al deudor desde el gabinete jurídico y avisando al mismo del inicio de acciones judiciales en caso de la consecución del impago a favor del cliente.
Fase judicial: Sólo en caso de que el cliente decida acudir por esta vía y si extrajudicialmente no se ha logrado el cobro de la deuda. En este punto se activaría el proceso judicial y se reclamaría al deudor a través del juzgado pudiéndosele embargar cualquier tipo de bien si el impago persistiera tras el requerimiento judicial.
Es importante que cualquier empresa que necesite de una empresa de cobro de impagados sepa seleccionar cual es el mejor sistema que se adapta a su situación concreta ya que en muchas ocasiones puede obtenerse el cobro de una deuda sin la necesidad de activar una vía judicial.