La actual crisis ha hecho aflorar un crecimiento exponencial de impagos en el que se ven afectadas las empresas y profesionales dedicados al sector de instalación y reforma doméstica de todo tipo.
Muchas de las empresas y profesionales que nos exponen su caso para analizar la viabilidad del cobro de este coinciden en darse situaciones de carácter similar en el que el cliente argumenta la disconformidad en el trabajo para intentar pagar sólo una parte de la factura o en casos extremos, no pagarla.
¿Qué es lo que debe de hacer la empresa o profesional acreedor en estos casos?
En primer lugar tener muy claro que la disconformidad con un trabajo no es motivo de un impago ya que el cobro de la deuda sería legítimo para el prestador del trabajo o servicio y si el cliente no estuviera conforme con la reclamación, éste debería de cursar la oportuna reclamación solicitando cualquier tipo de daños o perjuicios que le hubiera ocasionado un mal trabajo o servicio recibido;
Bajo esta premisa, el cliente ha de acreditar debidamente posiblemente a través de perito en un juicio que los trabajos no han sido realizados conforme a lo establecido previamente con su proveedor, siendo en cualquier caso una circunstancia paralela a la obligación del pago de la factura por los servicios recibidos.