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  • ¿Cómo denunciar a un cliente por impago?, pasos y consejos

    ¿Cómo denunciar a un cliente por impago?, pasos y consejos

    La primera instancia para el cobro de una deuda es la vía amistosa o extrajudicial. Sin embargo, cuando ésta se agota es necesario denunciar a un cliente por impago y reclamar el pago de la deuda por vía judicial, para estos casos la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 establece el Procedimiento Monitorio, a través del cual se pueden reclamar deudas dinerarias sin límite de cuantía.

     

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    Requisitos y procedimientos del procedimiento monitorio

     

    El procedimiento monitorio permite denunciar a un cliente por impago y exigir el pago de la totalidad de una deuda vencida, líquida y exigible, se le considera una vía para reclamación civil de impagos, rápida y de fácil tramitación. 

     

    Para denunciar a un cliente por impago de una deuda e iniciar el procedimiento monitorio es necesario que se cumplan determinadas condiciones:

     

    La deuda debe ser dineraria, líquida y exigible.

     

    Los documentos que soportan la deuda como facturas, letras, pagarés, etc., deben haber transcurrido su fecha de vencimiento.

     

    Se necesita aportar los diferentes documentos que demuestran la existencia de la deuda, sin ellos no se puede denunciar a un cliente por impago.

     

    En la denuncia se puede incluir los distintos documentos que demuestren que se intentó realizar el cobro por vía conciliatoria, como burofax, correos certificados y correos electrónicos a través de los cuales se solicita el pago de la deuda. 

     

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    Saber reclamar a un cliente por impago

    Es importante saber que el plazo para la reclamación de una factura está determinado por su fecha de vencimiento, si la factura no especifica una fecha de vencimiento, se toma como plazo límite 30 días continuos contados desde el día en que el cliente recibe los productos o el servicio. El acuerdo entre las partes permite aumentar el plazo de vencimiento de una factura hasta un máximo de 60 días.

     

    Como emisor de la factura, se está obligado a entregarla al cliente con la suficiente antelación a su fecha de vencimiento, para que éste pueda tomar las previsiones necesarias para cumplir con el pago en la fecha acordada. 

     

    Una de las ventajas del procedimiento monitorio es que luego de denunciar a un cliente por impago, se puede realizar la solicitud del procedimiento monitorio sin la intervención de abogado y procurador, sin importar la cuantía de la deuda. 

     

    Sin embargo, en caso de que el demandado presente oposición, finaliza el procedimiento monitorio y la reclamación de la deuda tendrá que hacerse a través del procedimiento correspondiente:


    Si el importe adeudado es inferior a 2.000 euros se realiza un juicio verbal, que no necesita de abogado, el caso y las posibles discrepancias son estudiadas por el secretario judicial. Finalmente el juez dictará una sentencia o un decreto de archivo.

    Cuando la cuantía de la deuda supera los 2.000 euros se puede acudir a juicio verbal con la asistencia de abogado y procurador, en caso de tener que acudir a juicio ordinario la asistencia de abogado y procurador es obligatoria independientemente de la cuantía de la deuda que se reclama.

     

    Se debe recordar que para denunciar a un cliente por impago, se debe realizar la solicitud por medio de uno de los modelos oficiales establecidos por el Ministerio de Justicia, e incluir todos los documentos que prueben la existencia de la deuda. Si la cuantía de la deuda esmenor a 2.000 euros se puede solicitar justicia gratuita.

     

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