En la reclamación de deudas o impagos de facturas de clientes, previamente al inicio de cualquier tipo de acción judicial o procedimental, es precisa una primera toma de contacto con el deudor para reclamar el saldo adeudado.
Podríamos hablar de dos fases de reclamación extrajudicial de la deuda previa al inicio del proceso judicial.
En primer lugar ha de llevarse a cabo la reclamación de la deuda desde la propia organización interna de la entidad acreedora a través de algún tipo de comunicado o envío a ser posible de tipo certificado.
Tras el requerimiento interno, si no se logra obtener el cobro exitoso de la deuda por vías extrajudiciales, será necesario el inicio de un procedimiento de cobro extrajudicial de la deuda a través de un gabinete jurídico o una empresa de recobro de deudas especializada.
Si aun así, es imposible llegar a materializar el cobro de la deuda por vías amistosas extrajudiciales será el momento de optar por el inicio de un procedimiento de recobro de la deuda por vía judicial.
Cómo vía judicial referente en España, hoy en día contamos con el proceso judicial monitorio, un procedimiento de cobro de deudas sencillo y accesible a cualquier tipo de usuario ya sea éste particular o profesional.
Aun así, y sabiendo que se dispone de esta herramienta judicial de cobro, es siempre plenamente recomendable optar por la insistencia en el cobro de la deuda por vías extrajudiciales, pues a menudo suele ocurrir que llevándose a cabo las oportunas gestiones de cobro previas, se llegan a obtener resultados inesperados.
Para ello es imprescindible recurrir a profesionales especializados en la recuperación de activos y cobro de deudas por la vía extrajudicial pues a través de estos proveedores puede obtenerse un cobro de la deuda y evitar así vías judiciales del todo innecesarias.