¿Qué ocurre cuando en la contabilidad de nuestra empresa hemos contabilizado cómo pérdidas deudas pertenecientes a ejercicios anteriores y años después logramos cobrarlas?.
Esto realmente para la salud financiera de nuestra empresa supone una inyección de capital nueva ya que al haber contabilizado cómo pérdidas las deudas impagadas de ejercicios anteriores, este nuevo cobro ha de generar el asiento contable pertinente.
Realmente esta fórmula está siendo empleada por muchas empresas que buscan en el cobro de deudas impagadas y en el cobro a determinados clientes morosos una nueva vía de inyección de capital que permita sanear nuestras cuentas y ayudar a la tesorería de nuestra empresa.
La ley de enjuiciamiento civil nos permite reclamar judicialmente nuestras deudas de hasta 15 años de antigüedad.
Por esta razón es casi obligatorio para la empresa hacer el ejercicio interno sobre la toma de decisiones de que deudas intentar cobrar y cuales no en función de nuestros propios criterios de valoración.