Cuando un cliente comienza presentar dificultades de pago o bien muestra comportamientos extraños en el pago de las facturas, han de ser modificadas cuanto antes las políticas de cobro aplicadas a dicho tipo de clientes.
Dependiendo de lo que conozcamos al cliente en cuestión, podemos posponer más o menos esta modificación de nuestra forma de cobro al cliente, pero ante la actual coyuntura económica lo más aconsejable en aras de evitar impagados es siempre actuar con la máxima cautela.
Cómo norma general, aquellos clientes que muestran descontento o disconformidad cuando les planteamos un cambio en la forma de cobro o bien en el riesgo concedido, podemos solicitar un aval bancario o bien otro tipo de garantía que cubra nuestras espaldas financieras.
El error lo encontramos cuando incluso una vez han sido detectadas varias incidencias de cobro de factura, no modificamos nuestros comportamientos de cobro. Lo interesante es aplicar el principio de acción y reacción al cobro de facturas impagadas.
Si un cliente deja a deber una factura que ha vencido, debemos de actuar de inmediato ya que lo primeros días en la vida de una deuda, son completamente determinante para el cobro efectivo de este impago.
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