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  • ¿Se puede cobrar a un moroso sin documentación?

    ¿Se puede cobrar a un moroso sin documentación?

    Dependiendo del tipo de procedimiento que deseemos llevar a cabo preciaremos de una documentación u otra. Por lo general cualquier tipo de deuda suele estar documentada con diverso tipo de justificantes tales cómo facturas, contratos, albaranes etc.

    Recientemente muchos juzgados vienen aceptando las conversaciones de Whatsapp cómo pruebas documentales de la existencia de la deuda, si existe un reconocimiento de esta en el desarrollo de la conversación.

     

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    ¿Que documentos necesito para un requerimiento amistoso o extrajudicial?

    En principio, este tipo de reclamación de la deuda no es tan estricto cómo el llevado a cabo si deseamos cobrar la deuda a través del juzgado.

     

    En este caso cualquier tipo de comunicación, coversación de Whatsapp o prueba de envío de carta sería suficiente para recuperar esta deuda por la vía extrajudicial.

     

    ¿Y en la vía judicial?

    Este caso ya precisa de mayor rigor ya que para el inicio del proceso judicial monitorio que nos permita cobrar al moroso si que requiere de documentación probatoria de la deuda y que a su vez sira cómo reflejo de la existencia, vencimiento y legitimidad de esta deuda.

     

    En este caso, con cuanta más documentación contemos mejor. En la actualidad algunos juzgados han aceptado demandas por vía judicial tan sólo con la aportación de una mera conversación o reconocimiento. No es lo más habitual pero queda claro que las comunicaciones electrónicas cada vez adquieren mayor importancia en la recuperación de impagados por vía judicial.

     

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