¿Cómo cobrar la deuda de un cliente no localizado?
Muchas deudas nunca llegan a reclamarse debido a que el paradero del deudor es de tipo desconocido. En estos casos el acreedor no sabe demasiado bien cual es el procedimiento que se debe de llevar y por este motivo, suele desistir en su derecho a recuperar la deuda que existe a su favor.
Si el deudor es persona física o autónomo
En el caso de que nuestro deudor sea un profesional autónomo o una persona física lo tenemos bastante más sencillo. Podemos reclamar la deuda indicando todos los datos de los que tenemos conocimiento incluido el último domicilio conocido.
A pesar de que en el domicilio que aportemos seguramente ya no se encuentre disponible nuestro deudor, una vez el juzgado lo requiera de pago y no lo encuentre en su domicilio, será cuando podamos pedir al juzgado que haga una búsqueda a través de organismos públicos.
Si el deudor es empresa.
En caso de requerir de pago a una empresa y no se pueda practicar el requerimiento y hagamos el procedimiento de intentar encontrar un nuevo domicilio a través del juzgado de forma fallida, podemos solicitar el requerimiento a través del administrador de la sociedad deudora.
En este caso tendremos que solicitar una nota simple del registro mercantil y de este modo podremos extraer la información fiscal del administrador o administradores de la empresa que nos debe.
De este modo, aportando al juzgado esta nota simple podremos pedir que se practique el requerimiento de la sociedad deudora a través de su administrador, cosa que agiliza y simplifica enormemente la gestión de notificación del deudor moroso pudiendo dársele por notificado siguiendo adelante la gestión de nuestra reclamación de la deuda.
Es una forma sencilla de poder requerir a nuestros deudores aunque estos intenten no recibir las notificaciones emitidas por un juzgado.
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