Uno de los errores más comunes en los que caen los acreedores enfadados con facturas o saldos pendientes de cobro es el llevar a cabo el cobro de la deuda de forma verbalmente violenta, intimidatoria en los casos más extremos a través de una agresión física.
Cobrar deudas a la fuerza puede acarrear serios problemas de carácter penal que pueden derivar en penas de presión y fuertes multas a pagar al deudor.
Es del todo aconsejable que el acreedor no reclame la deuda de forma intimidatoria a su deudor ya que este amparándose en la ley podrá alegar amenazas y coacciones pasando el problema del saldo deudor a un segundo plano.
Siempre se recomienda iniciar los trámites de cobro de la deuda de forma amistosa e incluso reclamar esta por vías fehacientes cómo un burofax o requerimiento notarial para dejar una constancia del intento de requerimiento amistoso.
Si tras requerir al deudor de pago de forma amistosa, éste sigue sin pagar la deuda, se deberá de recurrir al cobro de la deuda a través de un despacho de abogados especializado en cobro de deudas o bien delegado la gestión en una empresa de recobro especializada en reclamación de cualquier tipo de crédito o saldo deudor.
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