La masa de deuda mercantil impagada que acumulan las empresas y profesionales de nuestro país podría superar los 10.000 millones de euros solamente contando las operaciones dentro de España.
Las empresas deben de retomar las facturas impagadas de ejercicios anteriores para cobrar estas deudas lo antes posible para evitar que se complique el cobro de estos morosos o bien, prescriba la propia deuda.
Aunque son 15 años los que establece la ley de enjuiciamiento civil cómo fecha máxima para poder reclamar el cobro de una deuda, instar el cobro del impago lo antes posible puede ser determinante a la hora de poder hacer efectivo el cobro de nuestra factura impagada.
Con el paso del tiempo las empresas deudoras pueden desparecer o bien cesar la actividad lo que complicaría de forma crucial el recobro de las deudas impagas.
La estadística nos dice que la fecha a partir de la cual se pueden complicar la reclamación de deudas es a partir de los 5 años desde que esta venciera por lo que hay que evitar acumular deuda impagada posterior a esta fecha por todos los medios posibles.
Cobrar estas deudas antiguas tiene por otra parte el valor añadido de obtener liquidez para nuestro negocio a través de la recuperación de saldos impagados que dábamos por perdidos por lo que nuestras cuentas de resultados podrán mejorar y nuestros balances acabar mejor a finales de año.